Ayudas · Andalucía
Ayudas para instalar un salvaescaleras en Andalucía
La Junta de Andalucía subvencionó los salvaescaleras con el 60 % del coste (80 % si reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años) para hogares con ingresos inferiores a 4 veces el IPREM, pero a 29 de septiembre de 2026 no hay ninguna convocatoria abierta: la línea de viviendas (2023) está resuelta y la de edificios (2024) sigue en tramitación.
Revisado el . Las convocatorias y los trámites cambian: comprueba siempre la fuente oficial.
Estado de las ayudas a 29 de septiembre de 2026
| Ayuda | Estado | Qué dice la fuente oficial | Consultado |
|---|---|---|---|
| Línea 1 · Mejora de la accesibilidad en viviendas (convocatoria 2023) Junta de Andalucía | Cerrada | Plazo de solicitud del 05/02/2024 al 04/03/2024. Resolución definitiva de Sevilla: 22/07/2025. Salvaescaleras subvencionables. 60 % del coste; 80 % si reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años; 100 % en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada. Ingresos de la unidad de convivencia inferiores a 4 veces el IPREM. | 29 de septiembre de 2026 |
| Línea 2 · Mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva (convocatoria 2024) Junta de Andalucía | En tramitación | Plazo de solicitud del 11/03/2025 al 10/04/2025. Primera resolución definitiva provincial: Cádiz (14/09/2026). Sevilla: sin resolución definitiva publicada a 28/09/2026. Comunidades o agrupaciones de comunidades con ingresos inferiores a 4 veces el IPREM en al menos la mitad de las viviendas. 60 %, 80 % o 100 % del coste según el caso. | 29 de septiembre de 2026 |
| Aplicación en Andalucía del Plan Estatal 2026-2030 (RD 326/2026) Junta de Andalucía | No confirmada | Sin convocatoria ni bases publicadas a 29/09/2026. La Junta presentó un requerimiento previo de conflicto de competencia contra el Real Decreto el 23/06/2026. Le corresponden 136,8 millones de euros en 2026 (718,2 millones de financiación estatal en 2026-2030) para todo el plan, no solo para accesibilidad. | 29 de septiembre de 2026 |
Antes de contar con una ayuda
No prometemos ninguna ayuda: este resumen recoge lo que dicen las fuentes oficiales en la fecha indicada, y las convocatorias cambian. Comprueba siempre la sede oficial y no des por hecha una ayuda hasta que esté convocada y concedida.
Qué cubrían las líneas de accesibilidad de la Junta
Las bases de las dos líneas (Orden de 1 de agosto de 2023, BOJA nº 150 de 07/08/2023) incluyen entre las actuaciones subvencionables «ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas» y otros elementos de accesibilidad. La ayuda es por concurrencia competitiva.
Importe: el 60 % del coste, el 80 % si reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años y el 100 % en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada. Límites por vivienda según las fichas de la Junta:
| Supuesto | Línea 1 · viviendas (2023) | Línea 2 · edificios (2024) |
|---|---|---|
| General | 12.500 € (unifamiliar) · 6.000 € (vivienda en edificio colectivo) | 9.000 € por vivienda |
| Residente con discapacidad inferior al 33 % | 15.000 € | 15.000 € |
| Residente con discapacidad igual o superior al 33 % | 18.000 € | 18.000 € |
| Edificio protegido | +3.000 € | +3.000 € |
| Locales | — | 90 € por m² |
Importes máximos por vivienda según las fichas de la Junta; la ficha de la línea de viviendas los muestra en una imagen.
Requisitos principales
- Ingresos de la unidad de convivencia inferiores a 4 veces el IPREM (en edificios, en al menos la mitad de las viviendas).
- Vivienda o edificio terminado antes de 2006, salvo que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
- Domicilio habitual y permanente.
- Informe técnico anterior a la solicitud y proyecto o memoria técnica.
- Propietario, usufructuario o arrendatario con acuerdo del propietario (viviendas); comunidad de propietarios o agrupación (edificios), con acuerdo de la comunidad.
Reglas que conviene conocer antes de empezar la obra
Son respuestas oficiales de la Junta en sus preguntas frecuentes de vivienda y rehabilitación:
- No se subvencionan obras ya ejecutadas o en ejecución: los gastos deben hacerse después de la resolución de concesión (salvo el proyecto, los informes y la tramitación).
- Las obras deben iniciarse como máximo seis meses después de la publicación de la concesión y ejecutarse en doce.
- Los tributos son subvencionables (IVA, tasa urbanística, ICIO); las fianzas y los intereses de fraccionamiento, no.
- Los requisitos de ingresos son los de la unidad de convivencia residente (IPREM a 14 pagas y bases del último IRPF con plazo vencido), no solo los del propietario.
- Una comunidad puede pedir la ayuda aunque un vecino no firme: a ese vecino no se le atribuye su parte de subvención, que se prorratea entre el resto.
- Las líneas de viviendas y de edificios son compatibles si no se subvencionan las mismas actuaciones.
Quién tramita y resuelve
Instruye el Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de la provincia donde está la vivienda o el edificio, y resuelve la persona titular de esa Delegación. En la línea de viviendas el plazo de resolución era de seis meses, con silencio negativo.
El Plan Estatal 2026-2030 en Andalucía
El Real Decreto 326/2026 nombra expresamente los salvaescaleras, pero las ayudas se piden en convocatorias autonómicas. A 29 de septiembre de 2026 no consta que Andalucía haya publicado una convocatoria ni bases al amparo del Real Decreto, ni que haya firmado el convenio con el Ministerio.
El 23 de junio de 2026 el Consejo de Gobierno acordó presentar un requerimiento previo de conflicto de competencia contra varios artículos del Real Decreto y cuestiona el reparto de la financiación 60/40 a partir de 2027. Hasta que haya una convocatoria, no se puede dar por hecha ninguna ayuda.
IRPF
La Agencia Tributaria lista 17 deducciones autonómicas de Andalucía en el Manual de la Renta 2025 y ninguna es por obras de adecuación o accesibilidad de la vivienda. Es decir, no hay una deducción autonómica específica para un salvaescaleras.
Salvaescaleras en las ciudades de Andalucía
Preguntas frecuentes
¿Qué subvenciones ofrece la Junta de Andalucía para una silla salvaescaleras?
Las líneas de accesibilidad de la Junta subvencionaron expresamente los salvaescaleras: el 60 % del coste, el 80 % si reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años y el 100 % en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada, con ingresos de la unidad de convivencia inferiores a 4 veces el IPREM. A 29 de septiembre de 2026 no hay convocatoria abierta: la línea de viviendas (2023) está resuelta y la de edificios (2024) sigue en tramitación.
¿Puedo pedir la ayuda si ya he instalado el salvaescaleras?
No. La Junta indica que no se subvencionan obras ya ejecutadas o en ejecución: los gastos deben hacerse después de la resolución de concesión, salvo el proyecto, los informes y la tramitación.
¿Cuentan los ingresos de todas las personas que viven en casa?
Sí. Los requisitos de ingresos son los de la unidad de convivencia residente, medidos en veces el IPREM a 14 pagas con la base imponible general y del ahorro del último IRPF con plazo vencido.
¿Puede pedirla una comunidad de vecinos si un vecino no firma?
Sí. Según la Junta, a ese vecino no se le atribuye su parte de la subvención, que se prorratea entre el resto.
¿Hay deducción en el IRPF por instalar un salvaescaleras en Andalucía?
No hemos encontrado una deducción autonómica específica: de las 17 deducciones de Andalucía que lista la Agencia Tributaria en la Renta 2025, ninguna es por obras de accesibilidad de la vivienda.
Fuentes consultadas
- Junta de Andalucía · línea de viviendas (ficha) (se abre en otra pestaña) — consulta 29/09/2026
- Junta de Andalucía · procedimiento 25373 (viviendas) (se abre en otra pestaña) — actualizado 26/10/2025
- Junta de Andalucía · línea de edificios (ficha) (se abre en otra pestaña) — consulta 29/09/2026
- Junta de Andalucía · procedimiento 25372 (edificios) (se abre en otra pestaña) — actualizado 28/09/2026
- Junta de Andalucía · preguntas frecuentes de vivienda y rehabilitación (se abre en otra pestaña) — consulta 29/09/2026
- Junta de Andalucía · requerimiento sobre el Plan Estatal (se abre en otra pestaña) — 23/06/2026
- Ministerio de Vivienda · reparto del Plan Estatal 2026-2030 (se abre en otra pestaña) — 21/05/2026
- Agencia Tributaria · deducciones autonómicas de Andalucía (Renta 2025) (se abre en otra pestaña) — consulta 29/09/2026
- BOE · Real Decreto 326/2026 (Plan Estatal de Vivienda 2026-2030) (se abre en otra pestaña) — 23/04/2026
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